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| OverHaulin Pelas el cable con las ruedas, enchula tu tarde. |
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| | #1 |
![]() ![]() ![]() Fecha de Ingreso: 04-July-2009
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![]() | Multas de TAG Amigo requiero de su ayuda y orientacion, tengo un auto botao, un cavalier ..la razon que este botado es que el valor del auto es 1.3 millones ..pero tengo mas de 3 millones de pesos en multas del tag... las deudas de tag ya fueron pagadas pero siguen estas multas y por alguna razon me siguen llegando multas de hace 2 o tres años atras...ya que el auto lleva guardado un año... Preguntas: estas multas prescriben? hay alguna forma de borrarlas del sistema? que hacer para que no se sigan generando...? tambien tengo una multa por circular sin luces en la autopista ..de esos fotopartes...de la cisterna ...son legales?? hay que pagarlas...si llegan dos o tres meses despues uno ni se acuerda si andaba o no con luces encendidas?? Muchas Gracias. por su ayuda |
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| | #2 |
| L@nudo Moder@dor ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() Fecha de Ingreso: 13-December-2006 Ubicación: Santiago
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![]() | SEgun lo que tengo entendido hay una manera de "condonar las deudas del Tag". Eso se ve directamente en la concesionaria , además las multas del Tag hay que cancelar las multas de la municipalidad respectiva donde opera la concesionaria y si no son pagadas las multas de la municipalidad te siguen llegando. Ahora si las multas son de la empresa concesionaria, debes enviar los comprobantes de pago de las multas para que no sigan acosandote con que debes dinero. La multa de las luces habiendo la fotografia de por medio que lo demuestre es legal y debe ser cancelada, si no hay foto no hay forma de probar tu infracción, atento con eso. Saludos
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| | #3 |
![]() ![]() ![]() Fecha de Ingreso: 04-July-2009
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![]() | Estimados Me han llegado varios comentarios de personas que se han visto afectadas por notificaciones en que se les cita al Juzgado de Policía Local por haber incurrido en una infracción a la ley de Tránsito hace uno o incluso dos años atrás. Es importante que sepan que la ley No. 15.231, sobre Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local, señala en el inciso segundo del artículo 54 lo siguiente: “Prescribirán en el plazo de seis meses, contados desde la fecha de la infracción, las acciones persecutorias de la responsabilidad por contravenciones”. Esto significa que no les pueden notificar una infracción seis meses después de cometida ésta. Si ello sucede, deben presentar un escrito al tribunal señalando que, en conformidad al artículo 54, inciso segundo, de la Ley No. 15.231, la acción persecutoria de la responsabilidad por la contranvención señalada en la notificación está prescrita. Espero que esta información les sirva. Cordiales saludos, Jovino Novoa V. Senado |
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| | #4 |
| L@nudo Moder@dor ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() Fecha de Ingreso: 13-December-2006 Ubicación: Santiago
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![]() | Gracias por la información MrSmith Informacion a tenerla en consideración Saludos
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| | #5 |
| .....:::The Re@l Lanudo:::..... ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() Fecha de Ingreso: 29-January-2007 Ubicación: Highway to Hell
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| | #6 |
| Moderador M@ximus ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() Fecha de Ingreso: 22-March-2007
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| | #7 |
![]() | tengo una duda al respecto. si las multas llegaron del juzgado y por ABC motivo eran superiores a 6 meses y no las cancelaste estas tambien prescriben??? pregunto porque por esos motivos dejaron a mi auto con prohibición de ser vendido, hay forma de venderlo? |
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| | #8 | |
![]() | Cita:
PAGA NO MAS JAJAJAJAJAJAJA | |
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| | #9 |
| Moderador M@ximus ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() Fecha de Ingreso: 22-March-2007
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![]() | won, dona el wuate a un liceo tecnico pa que los cabros practiquen....nadie comprara ese cacharro..... |
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| | #10 | |
![]() | Cita:
jajaja si no es cacharro, es para poder comprar otro y no quedar enganchado con eso, ademas siempre figurara a mi nombre el vehiculo por eso la duda, si ni ahi lo que pase con el, es mas que no se use de mala forma, ya que no puedo hacer transferencias del vehiculo. | |
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| | #11 |
![]() ![]() ![]() Fecha de Ingreso: 04-July-2009
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![]() | Segun tengo entendido tambien prescriben....pero no se como solicitar que las borren del sistemita weon ese demultas impagas pk se debe solicitar que te borren una vez prescritas... |
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| | #12 | ||
| L@nudo Moder@dor ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() Fecha de Ingreso: 13-December-2006 Ubicación: Santiago
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![]() | Cita:
Estas se regularizan en los juzgados de policia local correspondiente y despues en el registro civil se libera el vehiculo para ser cendido. Saludos ---------- Post added 26-Jan-2012 at 00:28 ---------- Cita:
Saludos
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| | #13 | |
| L@nudo Moder@dor ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() Fecha de Ingreso: 13-December-2006 Ubicación: Santiago
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Saludos
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| | #14 |
![]() | osea solo esperar a que prescriban?. son 5 años? |
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| | #15 |
| Administrador ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() Fecha de Ingreso: 07-May-2007
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![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() | Ojo muchachos, existe más de un tipo de prescripción, pero el más importante es en este caso el señalado en el art 54 inciso 2do de la ley 15231 (organización y atribución de los Juzgados de Policia Local), el cual señala: "Prescribirán en el plazo de seis meses, contados desde la fecha de la infracción, las acciones persecutorias de la responsabilidad por contravenciones." Es decir, si cometiste una infracción y ella no fue notificada dentro de los seis meses seguidos a tal fecha o fue notificada con posterioridad, la acción persecutoria de la responsabilidad por la contranvención señalada está prescrita. Por ende, deberás presentar un escrito al tribunal señalando que, en conformidad al artículo 54, inciso segundo, de la Ley No. 15.231, la acción persecutoria de la responsabilidad por la contranvención señalada en la notificación está prescrita, es decir, que se declare prescrita la acción persecutoria que han iniciado en tu contra por haber transcurrido más de seis meses entre la fecha de la infracción y la notificación de la misma y se ponga término a la causa. En el improbable evento de denegarse tal solicitud, con patrocinio de un abogado y dentro de los 5 dias a la notificación de la resolución del escrito presentado por ti, deberás apelar a la Corte de Apelaciones respectiva y en paralelo, pasar los antecedentes al Ministro Visitador, para buscar alguna sanción disciplinaria, aparte de la calificación general que se les hace anualmente de acuerdo a su desempeño como juez. Por su parte, el ya mencionado artículo 54 de la Ley 15.231 sobre Juzgados de Policía Local, señala “Las sanciones impuestas por infracciones o contravenciones prescribirán en el término de un año, contado desde que hubiere quedado firme la sentencia condenatoria." Existen pues dos oportunidades en que se puede requerir la prescripción:
Por otro lado, para borrar los antecedentes y gravámenes o prohibiciones, debes concurrir por escrito al mismo Tribunal que dictó la medida para que alce la misma una vez declarada la prescripción, oficiando al Registro respectivo. Espero aclare las dudas |
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| | #16 |
| Moderador M@ximus ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() Fecha de Ingreso: 22-March-2007
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![]() | Se agradece Mafelo el haber dejado de afilar 5 min, para responder esta preguntacion de los cabros del blocke...... |
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| | #17 |
![]() ![]() ![]() ![]() Fecha de Ingreso: 08-November-2007
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![]() | tambien tengo unos ataos con el tag gruuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuu
__________________ sicario es tu piel el alimento, no soy tu principe, quiero saciar mi instinto animal |
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| | #18 |
![]() | gracias, se que fue un gran esfuerzo de tu parte, el escribir dicho texto tan extenso |
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| | #19 |
![]() ![]() ![]() Fecha de Ingreso: 04-July-2009
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![]() | CLAP CLAP CLAP CLAP......Mafelo siempre dando el tono correcto en este tipo de duduas existenciales que uno tiene... gracias a mafelo recuperare otro auto mas....como pagarle como pagarle... no se me ocurre...si tan solo le gustaran las minas del homele podría pagar con una de ellas ....pero es tan correcto....creo que un drenario sera lo mejor ..para que lo acompañe en su oraciones antes de dormir.... mafelo gracias nuevamente.. |
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| | #20 |
| L@nudo Moder@dor ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() Fecha de Ingreso: 13-December-2006 Ubicación: Santiago
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![]() | Muchisimas Gracias por el post Mafelo Saludos
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